La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) respondió cuál es el paso a seguir para los usuarios que tuvieron problemas con el cobro de la energía eléctrica.
En el caso de haber sufrido retrasos o falta de facturación en el cobro y envío del recibo, los consumidores tienen derecho a fraccionar el pago de su factura de la luz, según lo afirma la CNMC. Miles de usuarios pasaron por la experiencia tortuosa de que su empresa comercializadora no les haya cobrado el recibo eléctrico de su casa, por lo que sus facturas se acumulan. Según el organismo, la deuda pendiente se podrá fraccionar en tantos meses como hayan estado sin recibir la factura.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) contesta así a las consultas relativas a la ausencia o los retrasos de facturación por parte de las empresas distribuidoras o comercializadoras. El organismo destaca este derecho de los consumidores, ya que la distribuidora es la responsable del retraso o la falta de emisión de facturas.
Las empresas comercializadora son las encargadas de emitir las facturas de los importes a partir de los datos de consumo del distribuidor y es la que debe proponer al cliente la posibilidad de aplazar el pago. Para ello, deberá poner todos los medios a su alcance y promover que éste solicite el fraccionamiento de la deuda en mensualidades si así lo desea.
Desde el segundo semestre del año pasado, el organismo ha analizado estas situaciones en el retraso en la facturación y ha estado en contacto con los distintos agentes afectados.
Los problemas se han producido porque determinadas distribuidoras de energía eléctrica no han enviado a las comercializadoras las lecturas correspondientes al consumo de cada cliente, por lo que al no disponer de los datos de consumo, las comercializadoras afectadas tampoco han podido emitir las facturas finales a sus clientes con todos los importes.
El organismo destacó este derecho de los consumidores, cuando la distribuidora es la responsable del retraso o la falta de emisión de facturas. La empresas comercializadora, que es quien factura los importes a partir de los datos de consumo del distribuidor, es la que debe proponer al cliente la posibilidad de aplazar el pago. Para ello, deberá poner todos los medios a su alcance y promover que éste solicite el fraccionamiento de la deuda en mensualidades si así lo desea.
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