viernes, 19 de noviembre de 2021

Calcula cuánto pagarás con la nueva ley de plusvalía municipal si vendes ahora

Con esta calculadora podrás calcular cuánto debes pagar como contribuyente con el nuevo Real Decreto de Ley de vivienda.

La sentencia del Tribunal Constitucional que ha declarado ilegal el impuesto de plusvalía municil revolucionó el sistema tributario español. El Gobierno ha tenido que ajustar la normativa a las nuevas reglas de juego, ya que el sistema de cálculo vulneraba la capacidad económica del contribuyente. Por ese motivo, se ha aprobado un Real Decreto de Ley que establece un nuevo método de cálculo.

Idealista publicó la calculadora que recoge todos los cambios normativos para que el contribuyente conozca cuánto le tocará pagar por este impuesto de ahora en adelante tras vender, heredar o recibir en donación un inmueble.

Las dos normativas del Real Decreto de Ley establecen:

  • La fórmula objetiva: se multiplicará el valor catastral del terreno unos nuevos coeficientes, que se fijarán cada año. El resultado de aplicar al valor catastral el coeficiente será la base imponible del impuesto a la que se aplicará el tipo impositivo que es de un máximo del 30%.
  • La fórmula real: es un cálculo entre la diferencia entre el precio de venta o traspaso y el precio de compra o adquisición del inmueble (o valor comprobado por la CCAA correspondiente). Si se trata de un inmueble construido, al resultado de la diferencia se le aplica el porcentaje que el valor del terreno suponga sobre el valor catastral total. El resultado será la base imponible a la que se le aplicará el tipo impositivo del 30%.

Los ayuntamientos han estado desde el día 26 de octubre que se dictó la sentencia del Constitucional sin recaudar por este tributo (cuya recaudación anual de 2019 ascendía a un total de 2.500 millones). Por ese motivo, Hacienda intenta tener todo listo cuanto antes y además hacerlo mediante un real decreto-ley, lo que permite que pueda entrar en vigor de manera inmediata, una vez publicado en Boletín Oficial del Estado (BOE), sin que tenga que pasar por el Parlamento.

Aunque hay mucho apuro por la entrada en vigor del decreto, el Gobierno dará a las entidades locales seis meses para adaptar su normativa al nuevo marco legal. 

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